El propósito de esta fiscalización multitarea es verificar si las empresas están cumpliendo con la ley del consumidor, por ejemplo, que informen las condiciones relevantes y los precios.
Empresas que prestan servicios turísticos en la comuna de Caldera fueron fiscalizadas con el objetivo de verificar si están cumpliendo con las exigencias establecidas en las leyes del consumidor y de turismo. Se trata de una operación integrada multitarea entre el Sernac, la Seremi de Economía y el Sernatur e implica que cada organismo, de acuerdo a sus propias facultades, fiscaliza o inspecciona a las empresas.
En el caso del Sernac, el objetivo fue verificar especialmente aquellos aspectos relacionados con la información de los servicios ofrecidos, sus precios, promociones y ofertas, entre otros antecedentes. Por su parte, Sernatur revisó si los locales están inscritos en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos, entre otras materias.
La seremi de Economía de Atacama, Makarena Arias, indicó que “son muy importante estas labores de fiscalización, pues permiten verificar que las empresas que prestan servicios turísticos en la Región de Atacama cumplan con los estándares de calidad de servicio y respeten la normativa, lo que genera más confianza en la ciudadanía a la hora de elegir nuestra región como destino turístico para estas vacaciones, generando fuentes de empleo y bienestar para las y los ciudadanos que se dedican a esta importante labor”.
En caso de incumplimiento a la ley del consumidor, las empresas arriesgan multas de hasta 300 UTM, esto es, más de 19 millones por cada infracción.
El director regional del Sernac, Kurt Iturrieta, explicó que “mediante el despliegue de la facultad de fiscalización, el servicio cumple con su compromiso de tener mayor cobertura e impacto territorial, con miras a prevenir, disuadir y corregir incumplimientos a los derechos de las y los consumidores en materia de servicios turísticos, lo cual resulta relevante, considerando que esta región atrae a miles de visitantes, especialmente en la época estival”.
La ley de turismo 20.423 establece que tanto los prestadores de servicios de alojamientos y actividades de turismo aventura deben estar inscritos de manera obligatoria en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos, mientras que es voluntario para los prestadores de servicios turísticos.
Para el director regional del Sernatur de Atacama, Alejandro Martín, “estas labores responden a las acciones que realizamos junto a Sernac y otras instituciones, para fomentar el correcto cumplimiento y la formalización de las empresas turísticas. La idea es dar respaldo a quienes quieren hacer bien las cosas. Por esto, el llamado que hacemos siempre es elegir servicios turísticos registrados en Sernatur y a preferir los que cuentan con Sello S de Sustentabilidad”.
Quienes están inscritos en el registro de Sernatur se encuentran formalmente constituidos como empresas, es decir, cuentan con patente comercial e iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
Aquellos servicios que no cumplan con lo establecido en esta norma, los servicios de alojamiento arriesgan multas desde 5 a 10 UTM ($323 mil a $646 mil); y para servicios de turismo aventura que no se encuentren registrados, entre 5 a 20 UTM ($323 mil a $1 millón 293 mil).
En caso de detectar infracciones tras la fiscalización, los organismos evaluarán las acciones que estimen pertinentes para ir en defensa de los derechos de consumidores y usuarios.
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