Precisa que las personas extranjeras con estadía transitoria en calidad de turistas no son parte de la población objetivo a vacunar.
El Ministerio de Salud complementó hoy los lineamientos técnicos operativos de la vacunación SARS-COV2, introduciendo actualizaciones respecto de los grupos objetivos a vacunar y al personal sanitario habilitado para aplicar la vacuna.
Los lineamientos técnicos fueron publicados el 24 de diciembre de 2020 por el Ministerio de Salud y en ellos se abordan los ámbitos de campaña de vacunación, seguridad de las vacunas y cadena de frío, entre otros temas.
Con la actualización, se precisa la definición de población objetivo, en particular, lo concerniente al lugar de residencia. Así, se dispone que se debe vacunar a la población objetivo que vive en Chile, es decir, “aquella que tiene la nacionalidad chilena, permanencia definitiva, visa de residente, visa de estudiante o visa sujeta a contrato, o quienes cuenten con una solicitud de visa temporal o definitiva ingresada a trámite”.
La resolución determina que no son parte de la población a vacunar quienes “están transitoriamente en el país exclusivamente con visa de turista”.
Respecto del personal de salud habilitado para vacunar contra el covid-19, se dispone que podrá ser administrada por “todo profesional de salud de la red de salud público o privada que cuente con las competencias para administrar la vacuna” y que, para ello, se deberán cumplir con los protocolos del Ministerio de Salud. La medida busca facilitar la pronta vacunación y se implementará cuando “no exista posibilidad de aquellos trabajadores y funcionarios de salud que usualmente ejecutan acciones de vacunación”.
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