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Sernatur se suma hoy a la ley que regula la actividad del lobby

28 Abril, 2015

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El objetivo de la Ley N° 20.730, más conocida como Ley del Lobby, es fortalecer la transparencia y probidad en las relaciones con los órganos del Estado.

Sernatur hace un llamado a informarse a través del sitio web www.infolobby.cl, puesto que las audiencias que se soliciten al Director Nacional, así como también a los directores regionales, comenzarán a regirse bajo este marco regulatorio.

Desde su publicación en el Diario Oficial, el 8 de marzo de 2014, nuestro país cuenta con una ley que regula el lobby y las gestiones de intereses particulares ante autoridades, funcionarios del Gobierno Central, municipalidades, Congreso Nacional y órganos autónomos, estableciendo como deber registrar y transparentar reuniones y audiencias solicitadas por lobbistas y gestores de intereses particulares que busquen influir en alguna decisión política, así como también los viajes que realicen los funcionarios en ejercicios o los regalos que reciban en calidad de autoridad o funcionario.

La puesta en marcha se ha concretado en etapas. La primera comenzó el 28 de noviembre de 2014 e incluyó a Ministros/as, Subsecretarios/as, Embajadores/as, Jefes/as de Estado Mayor Conjunto, así como a Subjefes/as de Estado Mayor Conjunto, Integrantes de Comisiones Evaluadoras de la Ley N° 19.886, Comandantes en Jefe, Encargados/as de Adquisiciones de las FF.AA, General Director de Carabineros y Director General de PDI.

Hoy 28 de abril de 2015, comienza a regir la segunda fase, en que Intendentes, Gobernadores, Seremis, Directores Regionales, Jefes de Servicios, Jefes de Gabinetes e integrantes de Comisiones Evaluadoras Ley N° 19.886 deberán necesariamente informar sus acciones.

Los principios sobre los que se rige esta ley son la probidad, la transparencia y la igualdad. Es por eso que regula la acción de los lobbistas, una actividad legítima por la cual una persona, organización o empresa intenta influenciar en la toma de decisiones de una autoridad o funcionario, ya sea que reciba una remuneración por realizar dichas gestiones o no.

Como el Servicio Nacional de Turismo se suma a este proceso el día de hoy, hace un llamado a informarse a través del portal electrónico www.infolobby.cl, que ha implementado el Consejo para la Transparencia. Allí, encontrarán la información unificada de todos los registros de audiencia o reunión, de viajes y de regalos. También, en este sitio se podrán registrar los lobbistas y gestores de intereses particulares que operan en Chile para contar con un listado público.

¿Quiénes pueden solicitar una reunión o audiencia en el marco de la Ley de Lobby?

Toda persona tiene derecho a solicitar una reunión. Sernatur invita a los interesados a completar un formulario electrónico en www.sernatur.cl o de forma presencial en la Oficina de Información Turística (OIT) de la institución. La autoridad o funcionario tendrá tres días para aceptar o rechazar la solicitud, salvo en el caso del Congreso Nacional, que tendrá un plazo de cinco días.

¿Cómo puede conocer quiénes, cuándo y sobre qué materias se realizó lobby en Chile?

En los sitios de Gobierno Transparente o Transparencia Activa de cada organismo, se puede encontrar registros de audiencia, reunión, viajes y regalos. Dichos registros se actualizarán el primer día hábil de cada mes, salvo en el caso del Congreso Nacional, que actualizará sus registros dentro de los cinco días hábiles posteriores a realizada la audiencia o reunión, recibido el regalo o realizado el viaje.

Más información: http://ayuda.leylobby.gob.cl/.

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